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Baja laboral autónomos | Zaragon, asesores personales de empresa

Los profesionales disponen de un máximo de 15 días desde el inicio de la situación de incapacidad temporal para tramitar la baja.

Documentación necesaria para tramitar la baja de autónomo:

  • Declaración de actividad
  • El parte de baja médica y todos los partes de confirmación emitidos hasta la fecha.
  • MOD 145
  • Modelo de Solicitud de la Mutua correspondiente firmada por el autónomo
  • Justificantes de pago de la cuota de autónomo de los tres últimos meses anteriores a la baja.
  • DNI en vigor

Si la baja se produce por una enfermedad común o un accidente no laboral, el derecho a la prestación comenzará el cuarto día de baja. El importe dependerá de la base de cotización. Hasta el día 20 se recibirá el 60% de la base del mes anterior, mientras que a partir del día 21, el porcentaje asciende al 75%.

Por el contrario, si la enfermedad es profesional, el subsidio que se recibirá será del 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja médica.

La duración máxima será de 12 meses y se podrá prorrogar seis meses más.